BECA TRAPASO VALECH
            Beneficio que entrega el Ministerio de Educación, destinado a la reparación de daños sufridos por víctimas de prisión política y tortura (Ley 19.992).
Características
La persona individualizada en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados”, que no haya hecho uso del beneficio educacional, puede traspasarlo a un descendiente hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta, es decir, a un hijo o un nieto.
 
En caso de que a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.405 el beneficiario directo (titular de la beca) haya fallecido sin haber hecho uso del beneficio que se refiere, todos los descendientes directos del difunto junto con su cónyuge sobreviviente, si lo hubiere, determinarán en conjunto el descendiente al cual se le traspasa el beneficio.
Beneficio
A este beneficio, podrán postular estudiantes que cuenten con licencia de enseñanza media, y que cursen primer año de educación superior durante el año 2011 o alumnos que se encuentren en cursos superiores.
Los postulantes deben estar matriculados en carreras conducentes a título profesional o técnico de nivel superior, en planes regulares de estudios,
Para el caso de los postulantes de primer año, que soliciten hacer uso del beneficio deberán encontrarse matriculados en Instituciones de Educación Superior (Universidades, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica) acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). El listado de las instituciones acreditadas está disponible en el sitio web: www.cnachile.cl
Para el caso de los postulantes que ya están cursando una carrera (es decir, de segundo año en adelante) es requisito que la Institución de Educación Superior (en adelante IES) se encuentre reconocida
Monto del beneficio
El beneficio al cual acceden los estudiantes favorecidos con este traspaso es el mismo dispuesto para el sistema de becas de educación superior:
            Para los alumnos matriculados en Universidades del Consejo de Rectores, la cobertura del beneficio es hasta el arancel de referencia, el cual puede consultar en:
http://www.becasycreditos.cl/aranceles/index.html
            Por otra parte, los alumnos que opten por matricularse en Instituciones de Educación Superior Privadas, tendrán como cobertura un tope máximo de $1.150.000 por año, en el caso de las carreras profesionales y de $500.000 para las carreras técnicas.
Requisitos para la asignación del beneficio

  • Podrán optar  a este  beneficio, alumnos que acrediten ser uno de los descendientes directos hasta segundo grado de consanguinidad, es decir hijo/a o nieto/a, de la persona individualizada en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados”, que no haya hecho uso del beneficio educacional contemplado en la Ley N°19.992.
  • Cumplir con los requisitos académicos que la institución de educación superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales.
  • Contar con Licencia de Enseñanza Media.

Documentos a presentar
A través del sitio web www.becasycreditos.cl, el postulante deberá postular y cargar desde el 01 al 29 de abril del año 2011, la documentación indicada en los puntos (a) al (e) y que a continuación se señalan, de lo contrario el Ministerio de Educación no puede hacer efectiva la postulación:
(a) Certificado de Nacimiento: Acreditar la calidad de descendiente de la persona individualizada en la Nómina antes descrita, mediante la presentación de certificado de nacimiento.

  • Si es el padre o madre quien aparece en el Listado de Prisioneros Políticos y Torturados, debe presentarse sólo el certificado de nacimiento del  postulante.
  • Si es el abuelo o abuela quien aparece en dicho listado, se debe presentar, además del certificado de nacimiento del postulante, el del padre o madre de éste, según corresponda.

El certificado de nacimiento válido para la postulación es el  certificado de ‘Asignación Familiar’ o el denominado ‘Todo Trámite’; en el cual aparecen nombre y Rut de los padres
Formulario de Traspaso ante Notario:
       Es importante poner atención en el formato de formulario de traspaso que se debe cargar en el sitio web www.becasycreditos.cl, ya que existen diferentes tipos según la situación del titular del informe.

  • Formulario de Traspaso cuando el titular se encuentra con vida: El postulante debe acreditar el traspaso del beneficio mediante instrumento notarial denominado Formulario de traspaso. El titular del beneficio y el postulante deben manifestar expresamente su voluntad a través de este documento.
  • Formulario de Traspaso cuando el titular se encuentra fallecido y la familia cuenta con Posesión Efectiva: El postulante en conjunto con los descendientes directos del titular, y el/la cónyuge sobreviviente, si hubiere, deben expresar su voluntad en el Formulario de Traspaso en el caso de que los herederos del Titular tengan Posesión Efectiva.
    Además, deberán adjuntar la sentencia o resolución del Juzgado de Letras en lo Civil o Registro Civil e Identificación en el que se haya otorgado la Posesión Efectiva.
  • Formulario de Traspaso ante notario titular fallecido y la familia no cuenta con posesión efectiva: en el caso de no existir Posesión Efectiva del Titular del Informe, el postulante en conjunto con los descendientes directos del titular, y el/la cónyuge sobreviviente, si hubiere, deben expresar su voluntad en el Formulario de Traspaso.
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  • En el caso de que algún descendiente se encontrara en el extranjero, debe concurrir al Consulado o Embajada Chilena del país correspondiente para legalizar la firma del Formulario de Traspaso. Posteriormente debe enviarlo al postulante para que lo adjunte a su postulación

      Cada uno de estos formularios en estudiante puede descargarlos de la página Web www.becasycrédito.cl

 

BECA TITULARES VALECH

  • Considerando la Ley Nº 19.992, la cual regula los beneficios de reparación propuestos por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, y el Reglamento que rige el otorgamiento del beneficio educacional contemplado en dicha ley.
    Características
    El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios de nivel superior para aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley N°19.992, así lo soliciten, ya sea en Universidades del Consejo de Rectores, Universidades Privadas, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica, que cuenten con Reconocimiento Oficial del Ministerio de Educación.

    El beneficio educacional puede hacerse efectivo en carreras profesionales con planes regulares de estudios, conducentes a título profesional o técnico de nivel superior.
    Monto del beneficio
    El beneficio cubrirá la MATRICULA Y ARANCEL REAL de carreras regulares, según la información entregada en la Oferta Académica 2011 por la institución de educación superior en que el estudiante se matricule.
     Requisitos para la asignación del beneficio

    • Estar en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros y Torturados” del informe presentado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
    • Cumplir con los requisitos académicos que la institución de educación superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales.
    • Contar con Licencia de Enseñanza Media.

    6.- Documentos a presentar
    A través del sitio: www.becasycreditos.cl, el titular deberá postular y cargar entre 01 y el 29 de abril del año 2011, la documentación indicada en los puntos (a) al (c) y que a continuación se señalan, de lo contrario el Ministerio de Educación no puede hacer efectivo el beneficio:
    (a) Formulario de aceptación del beneficio educacional contemplado en la Ley N°19.992 (documento descargable en la página web www.becasycreditos.cl)
    (b) Fotocopia de Cedula de Identidad.
    (c) Fotocopia legalizada de Licencia de Enseñanza Media
    UNA VEZ REALIZADA LA POSTULACIÓN (JUNTO CON LA CARGA DE DOCUMENTOS) EN WWW.BECASYCREDITOS.CL, EL TITULAR DEBERÁ IMPRIMIR EL COMPROBANTE DE POSTULACIÓN EL CUAL SERÁ EL UNICO REGISTRO VALIDO DE LA POSTULACION.