Esta beca se encuentra normada por la Ley N° 19.123 y está destinada a los hijos de las personas declaradas víctimas de violaciones a los derechos humanos o de violencia política, de acuerdo a lo establecido por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, hasta los 35 años de edad.

Además, se extiende el beneficio para aquellas personas beneficiadas de la Ley N° 19.965, familiares de víctimas de delitos subversivos cometidos durante el período.
Monto del beneficio
El beneficio cubrirá la MATRICULA Y ARANCEL REAL de carreras regulares, impartidas por Universidades del Consejo de Rectores, según la información entregada en la Oferta Académica 2011 por la institución de educación superior, al Servicio de Información de Educación Superior (SIES).

Para el resto de las Instituciones de Educación Superior (Universidades Privadas, Institutos Profesionales y Centros de Formación técnica), la postulación  debe realizarse en JUNAEB.
Documentos a presentar
(a) Certificado de nacimiento: el postulante debe presentar  certificado de nacimiento donde acredite la calidad de descendiente de la persona que fue víctima de violaciones a los derechos humanos o de violencia política.
Es indispensable que se presente el certificado de nacimiento denominado “todo trámite” en el cual se indica los nombres de los padres, para poder así acreditar el beneficio.
Fechas de postulación


ETAPAS

FECHAS

RESPONSABLE

POSTULACIÓN

01 AL 29 DE ABRIL DEL 2011

ESTUDIANTE

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

10 DE JUNIO DEL 2011

MINEDUC

PERIODO DE APELACIÓN

10 AL 20 DE JUNIO DEL 2011

ESTUDIANTE

PUBLICACIÓN RESULTADOS

30 DE JUNIO DEL 2011

MINEDUC